¿Cómo vender la nuda propiedad?
Hay varias modalidades bajo las cuales se cede o negocia la nuda propiedad. Veamos las más comunes.
a) Pago único
Esta primera forma de vender la nuda propiedad obliga al nuevo nudo propietario a cancelar una suma acordada en un monto único, es decir, en un solo pago.
Este pago será acordado por ambas partes, considerando el valor de mercado del inmueble y la edad del usufructuario, desde la cual se desprende el factor que se utilizará para un cálculo que sirva, si no de justiprecio, al menos de referencia para la negociación.
b) Renta
Esta manera de vender la nuda propiedad se cristaliza cuando el comprador acepta entregar un monto periódicamente (generalmente de forma mensual) al cedente a modo de amortización por la venta. La renta puede ser fija o variable, pudiendo incluso establecerse los lapsos de revisión.
De aquí se desprenden a su vez dos opciones:
b.1) Renta temporal
El monto acordado será abonado por el nudo propietario por un plazo previamente estipulado, al final del cual se agota el usufructo, pasando a ser propiedad plena del nudo propietario.
b.2) Renta Vitalicia
El momento de extinción de la condición de usufructo ocurrirá al momento de fallecer el propietario original.
Por ser un plazo incierto, determinar el monto de la renta se hace más complejo y su negociación puede, por ejemplo, prever que haya una indemnización única a los herederos o incluso que tengan la potestad de recuperar la plena propiedad, reembolsando todos los gastos, intereses y demás bonificaciones que se plasmen en el contrato.