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La gran mayoría de las personas concentran su patrimonio en una vivienda propia. Es un anhelo que desde muy temprano en la etapa productiva es logrado con bastante empeño. Esa propiedad puede ser vital para asegurarnos un tránsito más digno al jubilarnos, echando mano al recurso de la transferencia de la nuda propiedad.
Si bien algunas personas ignoran esta característica de la propiedad inmobiliaria, muchas otras ya disfrutan de un complemento que alivia enormemente las deficiencias económicas que pueden sufrir. Esto es debido a las pensiones insuficientes que no pocas veces otorga el sistema de seguridad social público.
Primero lo primero: ¿qué es la nuda propiedad? Este término refiere a la titularidad de un bien material. Cuando poseemos cualquier bien inmueble decimos que somos plenos propietarios de ese recinto. Siendo propietarios plenos, tenemos a nuestro cargo tanto la titularidad como el derecho a uso.
Precisamente son estas dos capacidades (titularidad y usufructo) las que conforman la mencionada propiedad plena. No obstante, cada faceta de esta puede ser negociada y/o transferida; esto quiere decir que el titular puede ser una persona y otra la que tenga el derecho exclusivo a su disfrute.
Quien posee la nuda propiedad figura en el registro como su titular. Es un bien material que forma parte de su patrimonio. Sin embargo, en el caso que el inmueble esté en régimen de usufructo temporal o vitalicio, esto establece que por un tiempo determinado (o indeterminado) no tiene el derecho a usarlo y disfrutar de este. Es así como se abre la posibilidad de convertir en renta una propiedad y seguir habitándola de por vida.
Esto implica una tremenda oportunidad para convertir en liquidez esos ahorros invertidos por tanto tiempo en nuestras viviendas y procurarnos así un respiro para ese trauma que supone no poder llegar a fin de mes estando jubilado. La transferencia de la nuda propiedad puede ser la solución para evitar estrecheces económicas en la última etapa de nuestra vida.
Si, claro que es transferible y a cambio de ello podemos entonces negociar una renta vitalicia –o temporal– que podemos recibir mensualmente. Lo mejor de todo es que seguiremos manteniendo el derecho a su usufructo; es decir, no tenemos que abandonar nuestra residencia habitual.
El contrato de cesión o transferencia de la nuda propiedad establecerá todas las condiciones bajo las cuales se realiza la transacción. Por otro lado, el receptor de esta queda comprometido a cancelar puntualmente la renta acordada, so pena de perder tal derecho perentoriamente.
Una cosa implica la otra, ya que cuando el cedente entrega la titularidad tendrá obviamente las restricciones que impone la ley para enajenar o disponer de la misma para efectos de negociación.
Ahora bien, el que cede esta parte de su propiedad tendrá el derecho absoluto del usufructo, pudiendo disponer de su bien tal como cuando era propietario. Incluso podría sacar provecho pecuniario de su condición de usufructuario.
La transferencia de la nuda propiedad se concreta a través de la firma de un documento o contrato, con el cual las partes establecen las condiciones y acuerdos bajo los cuales aceptan transferir y recibir la titularidad del bien inmueble.
Este documento o contrato es de suma importancia y lo más recomendable es asesorarse con un profesional para su redacción. En su contenido figurarán apartados tan importantes como el plazo del régimen de usufructo, el monto de la renta que se otorga al propietario original y todos los detalles que requiera la negociación.
Este contrato es firmado en notaría por ambas partes, y posteriormente registrado para que conste el régimen de usufructo que pesará sobre el inmueble de allí en adelante. Para efectos del que invierte, se establece la fecha desde la cual debe hacer entrega de la correspondiente renta y el medio por la cual la hará efectiva recurrentemente.
La transferencia de la nuda propiedad es una muy buena opción para propietarios de viviendas que se vean en aprietos económicos a los que tenga que enfrentar por sus propios medios siendo ya jubilado. Si no hay otra opción para incrementar ingresos, puede ser ideal dado que su residencia queda garantizada de por vida.
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