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Si cuentas con una vivienda que está constantemente habitada es muy probable que no tengas que preocuparte en descubrir que hacer si te ocupan la casa, pues es bien sabido por los expertos en el tema que estos invasores tienen especial afinidad por las viviendas que están vacías de forma permanente.
Ahora bien, si tienes otras propiedades y alguna de estas suele estar vacía por largos periodos, te resultará muy útil estar informado de forma oportuna sobre cómo desalojar okupas legalmente; así tendrás toda la preparación necesaria si es que eventualmente te ves inmerso en una situación similar.
Como comentamos anteriormente, las probabilidades indican que estás fuera de peligro si eres dueño de una única vivienda que está ocupada de manera constante. Ahora bien, lo contrario ocurre cuando se trata de segundas viviendas que permanecen desocupadas por largos periodos, o propiedades que pertenecen a los bancos y que se encuentran vacías.
También son vulnerables las viviendas que aparecen en clasificados inmobiliarios, pues por lo general los dueños de muchas de estas propiedades no realizan un control constante de las mismas y los okupas tienen la oportunidad de colarse sin ser detectados rápidamente.
Los procedimientos para echar okupas variarán dependiendo de si estos se han colado en una vivienda habitual o en una segunda propiedad. Veamos a continuación cómo desalojar okupas legalmente en ambos casos.
Aunque este escenario es mucho menos probable, sigue siendo una posibilidad y la ley contempla un procedimiento específico. En estos casos los okupas deben responder ante el órgano penal, pues el allanamiento de morada es un concepto legal que está reflejado en el código penal español.
Al tratarse de un delito penal, lo primero que hacer cuando te ocupan la casa es denunciarlo. Una vez hecha la denuncia, la policía debe acercarse al domicilio en cuestión de forma inmediata. El vulnerado debe presentar una denuncia mostrando los documentos legales que le vinculan con la propiedad okupada así como imágenes o testimonios que demuestren de manera fehaciente que su vivienda ha sido violentada.
Las autoridades recomiendan llevar a cabo la denuncia correspondiente lo antes posible, preferiblemente a más tardar durante las primeras 48 horas del evento. Esto impide que los okupas tengan tiempo para hacer ver que su presencia en dicho inmueble es legítima.
Una vez se ha determinado que, efectivamente, se ha dado una situación de okupación ilegal, el desalojo del infractor se lleva a cabo inmediatamente.
Ante propiedades vacacionales o de segundo uso se plantea un procedimiento completamente distinto. En estos casos el delito que se comete tiene carácter civil: no se protege el hogar de un individuo, sino su propiedad.
En este tipo de viviendas es más probable que los dueños tarden en enterarse de la okupación, así que los okupas tienen suficiente tiempo como para llenar el espacio con elementos personales y cotidianos; esto dificulta la comprobación del delito.
¿Qué hacer en estos casos? Al igual que cuando se trata de una vivienda habitual, se debe interponer una denuncia ante el juzgado de primera instancia, pero en este escenario es el juez que corresponda quien determina si dicha demanda se considera válida o no, y este proceso puede demorarse hasta 45 días hábiles.
Posteriormente los okupas son notificados y se les pide dar fe de que la propiedad es de ellos. Para esto se les otorgan hasta 10 días; si no logran acreditar su condición de propietarios, los okupas deberán desalojar el inmueble.
En total, el proceso completo podía durar hasta 12 meses; sin embargo, en 2018 esto cambió.
Desde el 2 de julio de 2018 está vigente la llamada ley anti okupas, que tiene incidencia sobre todas las viviendas sin fines de lucro, las particulares y aquellas que son propiedad de la administración pública. La mayor novedad de esta legislación es la posibilidad del desalojo con mucha más rapidez que anteriormente.
La ley anti okupa indica que el desalojo del inmueble en disputa debe efectuarse máximo 20 días después de que el agraviado haya interpuesto la denuncia y haya acreditado su vínculo con la propiedad okupada.
Sin duda, esta legislación implica una mejora en el proceso existente y otorga mayor tranquilidad a los propietarios que se encuentran en esta situación de vulnerabilidad.
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