Tener una vivienda propia, un automóvil a nuestro nombre, un bien cualquiera del que somos propietarios y que podemos disfrutar a nuestro gusto o prestar a quien deseemos. La propiedad privada facilita la protección del individuo frente al Estado e instituciones. En el sistema económico y político saber qué es el derecho de propiedad privada forma parte de los conocimientos básicos para conocer cuáles son nuestros derechos como individuos.
La propiedad privada supone, a la vez, un concepto jurídico y económico. Implica el pleno poder jurídico sobre aquello que posee y el derecho de utilizarlo según sea su interés, ya sea este un objetivo de explotación económico o un objetivo de disfrute, es decir, de puro ocio. En resumen, el derecho de propiedad privada profundiza en el derecho de las personas u organizaciones de poseer, disponer y contralar un bien. Siempre, por supuesto, que su uso no atente contra la libertad y los derechos del prójimo.
En España, el derecho de propiedad privada es uno de los derechos fundamentales recogidos en las normas jurídicas que regulan la convivencia en nuestro país. Al explicar qué es el derecho de propiedad privada conviene ser consciente también de que se trata de un derecho que se prolonga más allá de la vida del propietario, es decir, el bien que se posee pasa en herencia a la persona elegida por el propietario original siguiendo siempre las leyes que regulan la herencia.
En la sociedad occidental, la propiedad privada es algo asumido casi intuitivamente por los ciudadanos. Está, en cierto modo, en nuestra psique colectiva. Por ello, más allá de saber qué es el derecho de propiedad privada, lo realmente interesante es conocer de qué modo y con qué leyes se protege este ante actuaciones que puedan resultar confusas o lesivas contra los propietarios.
La Constitución española es la norma suprema por la que se rige todo el ordenamiento jurídico español. A ella están sujetos todos los ciudadanos españoles y todas las instituciones públicas. La Carta Magna recoge el derecho a la propiedad privada en su artículo 33:
“Se reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia. La función social de estos derechos delimitará su contenido, de acuerdo con las Leyes. Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las Leyes”.
La Constitución supone el punto de partida para saber qué es el derecho de propiedad privada y de qué modo cualquier español tiene garantizado dicho derecho. Como podemos leer en el texto, eso sí, la propiedad puede ser expropiada solo en el caso de que exista un interés general y, en este caso, el propietario tendrá derecho a una indemnización.
En este texto se recogen todos los derechos civiles, económicos, políticos y sociales de los ciudadanos europeos y de las personas que viven en su territorio. También queda claro en ella qué es el derecho de propiedad privada y la necesidad de respetarlo.
En el artículo 17 de la misma se destaca que “Toda persona tiene derecho a disfrutar de la propiedad de sus bienes adquiridos legalmente, a usarlos, a disponer de ellos y a legarlos”. Al igual que en la Constitución española, refiere que los ciudadanos solo “podrán ser privados de su propiedad” en caso de interés público y deberán ser indemnizados si se diese el caso.
Se trata de la ley básica del derecho civil español y también se ocupa del derecho de propiedad privada, en este caso a partir de su artículo 348.
Como las normas jurídicas que ya hemos comentado, el Código Civil insiste en que no se puede privar de la propiedad privada a ningún particular excepto si se da el caso de una necesidad pública superior. Además, garantiza la posibilidad de reclamar nuestra propiedad en caso de que esté en manos de un tercero que no es legítimamente el propietario.
Por otro lado, el Código Civil también detalla al referirse a qué es el derecho de propiedad privada que el individuo es propietario también de los frutos que ofrezca el bien que posee. En este caso, podemos hablar de frutos civiles (la renta de un alquiler, por ejemplo), los frutos naturales (lo que pueda dar la explotación de una finca agraria) o frutos industriales (aquello que fabrica el propietario de una empresa o industria).
También se señalan las fórmulas para llegar a ser propietario, ya sea mediante una compra, mediante una herencia o en el caso de que alguien posea un bien durante un tiempo de buena fe y acabe convirtiéndose en suya.
Rentalias es una empresa formada por profesionales con más de 30 años de experiencia en el sector inmobiliario, nuda propiedad en España e inversión en activos inmobiliarios. Si estás interesado o necesitas asesoramiento personalizado en lo referente a la nuda propiedad en Barcelona o nuda propiedad en Madrid, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.
LEAVE A COMMENT