Aumento de los pisos ocupados en Barcelona

Si hay algo que genera mucho estrés en los inversores, es el irrespeto a la propiedad privada. Como sabemos, muchas personas recurren al sector inmobiliario para resguardar sus patrimonios; es por ello que alerta y preocupa el actual aumento de pisos ocupados en Barcelona.

Aclaremos que hablamos de ocupaciones ilegales que han venido sucediendo bajo circunstancias que no encuentran un rechazo contundente de las autoridades y las leyes. Hasta cierto punto esto constituye un aliciente para quienes pretenden y propician estas acciones.

El detonante de una situación que viene recrudeciendo desde 2015, se atribuye a los términos expresados por la ley 17/2019 del 31/12/2019 y su reforma del 21/01/2020 (Ley 1/2020). Estos establecen condiciones para ejecutar desalojos y desahucios aun gozando de los derechos de plena propiedad.

¿La ley está propiciando la ocupación de pisos en Barcelona?

Para quienes están involucrados en la industria inmobiliaria, dicha ley ha sido interpretada como una manera de minimizar las faltas contra acciones que atentan contra la propiedad privada, y que han sido alicientes, para que ocurra este aumento en la tendencia de las ocupaciones ilegales.

Estas legislaciones recientes ya tenían precedentes en las leyes decretadas en 2015 y 2016 (24/2015 y 4/2016) en cuanto a la misma materia.

Con estas disposiciones el legislador pretende que antes de poder ejecutar el tipo de acciones ya mencionadas, el propietario de la vivienda que está siendo recuperada, debe ofrecer una opción de alquiler social a los afectados por el desalojo.

Es decir, que se hace responsable del destino residencial de los que deben entregar la vivienda antes de poder exigir su derecho. Esto a todas luces plantea una polémica que viene cocinándose desde entonces y que vuelve a la palestra, por los decretos que fueron publicados al final de 2019 y principios de 2020.

Todas estas medidas están dirigidas a lo que se ha denominado en tales leyes como “grandes tenedores”. Los cuales están tipificados como personas, empresas u organismos que posean más de 15 propiedades inmobiliarias, y a los cuales se aplica lo establecido en esta norma.

Las circunstancias específicas sobre las cuales recaen estas obligaciones de ofrecer alquiler social son tres:

1) Antes de comprar un inmueble que haya sido dado como parte de pago de un crédito hipotecario en situación de impago.

2) Antes de concretar una demanda solicitando un desahucio por cualquier razón.

3) Antes de interponer una demanda que busque la ejecución de una hipoteca.

Controversia sobre la propiedad privada

Este es un tema controversial ya que delega la responsabilidad del Estado. Ya que hay que proteger a personas en riesgo de exclusión residencial) a los ahora llamados “grandes tenedores”.

Bajo pena de multas pecuniarias, ellos deben ofrecer los mencionados contratos de alquiler social a quienes se vean afectados por los supuestos antes enumerados.

Una última consideración, es que no hay claridad o consenso. Las penalidades deben ser únicamente administrativas, o deben también al ámbito procesal. Esto es otro de los motivos por los cuáles se detecta un aumento de pisos ocupados en Barcelona.

El punto es el siguiente: ante el incumplimiento de la ley, ¿queda nula la acción iniciada?, ¿o prosigue y se fija la multa de rigor? Esto puede que en breve provoque reformas que ahonden es este sentido.

De cualquier manera, estos decretos han venido propiciando actos de ocupaciones que en el caso específico de Barcelona han proliferado, llegando a ser la ciudad con más casos de ocupación en toda la península. Debido al aumento de pisos ocupados en Barcelona, la ciudad cuenta con más de mil ocupaciones en litigio.

Lo otro que se denuncia es que en este punto ya hay organizaciones de ocupantes ilegales que detectan inmuebles vacíos, (e incluso algunos cuyos propietarios ocupan intermitentemente) para invadirlos y ampararse en estos decretos.

Dichos decretos les otorgan derechos antes de que sus propietarios puedan solicitar órdenes de desalojos, que en ocasiones llegan a tardar hasta dos años en ser concedidos.

Más de 1000 casos de ocupación en Barcelona en 2019

Hacia finales del pasado año el ayuntamiento de la ciudad informaba sobre la existencia de 1107 casos de pisos ocupados en Barcelona. Siendo el distrito de Nou Barris el que acaparaba el mayor número con 309 expedientes.

Acotaba también que en su totalidad correspondían a viviendas que no se utilizan como domicilio habitual, cosa que no debería ser ningún atenuante, siempre y cuando se considere sagrada la propiedad privada, tal como lo establece la Constitución.

Se estima que existen unas 13 000 viviendas vacías, lo que está siendo verificado mediante censo para propiciar un acuerdo entre los propietarios y las autoridades.

De esta forma se espera encontrar fórmulas y planes consensuados que beneficien a los que se encuentran en situación de exclusión residencial.

Sin duda que equilibrar el problema de déficit de viviendas sin afectar la propiedad privada es un tema bastante espinoso que habrá que ver qué derroteros toma. En cualquier caso, alentar la situación de los pisos ocupados en Barcelona no debe ser el objetivo.

Hay muchas situaciones que pueden provocar la copropiedad de una vivienda en la que alguna de las partes quiera liquidar. Al surgir dudas en este sentido, la mejor recomendación es ponerse en contacto con especialistas en la materia. Rentalias ofrece la mejor asesoría en el tema inmobiliario, incluyendo lo referente a invertir en nuda propiedad y renta vitalicia.   

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