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La vida en sociedad implica la permanente interacción con nuestros semejantes y para ello existen los contratos, en donde al firmar damos nuestro visto bueno a la condiciones del mismo y asumimos los compromisos que allí se expresen, bien sea una compra-venta o la escritura hipotecaria.
Puede resultar tedioso pasearse por cada una de las palabras que un contrato de esta naturaleza puede contener, pero debemos entender que somos los únicos responsables de informarnos plenamente del negocio que aceptamos al estampar nuestra firma en el documento que lo describe.
Una escritura hipotecaria es un documento que se alimenta del estudio del título de una propiedad en el marco de la solicitud de un crédito hipotecario.
Después de hacer una investigación profunda considerando información legal tanto del inmueble en cuestión como de los actores involucrados en el trámite, la institución que otorga la hipoteca preparará una escritura hipotecaria que se basa en la información anteriormente otorgada.
Entre los datos que conforman la escritura hipotecaria destacan el estado civil de los involucrados, certificados de no expropiación de la vivienda y certificados de pago de impuestos y gravámenes varios, entre otros.
Después de que el crédito hipotecario ha sido aprobado, dicha escritura se envía a una notaría en donde deben comparecer todas las personas que participan en el trámite para firmar el documento.
Una vez que todas las firmas están plasmadas en la escritura, esta puede cerrarse y se entregan las copias correspondientes para continuar con las siguientes fases del proceso hipotecario.
Antes de aceptar cualquier hipoteca tenemos el deber de leer cada palabra de sus escrituras y revisar que lo conversado en las reuniones previas esté correctamente plasmado en sus líneas.
Este tipo de documento suele ser profuso y tener varios folios llenos de condicionales; sin embargo, hay elementos puntuales a los que prestar especial atención. Veamos cuáles son:
En lo primero que habría que reparar es en quienes se está celebrando el contrato en cuestión. Hay que cerciorarse de que tanto los datos de la entidad crediticia como los nuestros estén perfectamente asentados en el documento.
Dentro de las primeras líneas debe haber una clara precisión sobre el objetivo del contrato, y en estos párrafos debe constar explícitamente que se trata de un contrato que avala un crédito hipotecario.
Es importante para los efectos legales del contrato que allí en la escritura hipotecaria figure el valor de tasación del inmueble objeto de la hipoteca. Es primordial corroborar que corresponde a lo que anteriormente debemos conocer como resultado del avalúo.
No debemos confundir estos dos últimos términos, ya que una cosa es el valor actual del inmueble que estamos adquiriendo y otra el monto que el banco o la entidad con la que pactamos nos otorga.
Normalmente se estipula que el financiamiento se apruebe por un 80% (o menos) del valor de la vivienda. Por ser el monto que aceptamos que estamos recibiendo y que nos comprometemos a cancelar, es de especial cuidado revisar y estar conforme con el mismo.
Si como normalmente ocurre hemos tenido que entregar un cierto capital para optar al préstamo hipotecario, debe aparecer explícitamente en el documento, así como el expreso reconocimiento del banco de haberlo recibido a su entera satisfacción.
Debe figurar claramente el plazo máximo para la cancelación de la deuda contraída y es el momento de revisar si acaso hay penalidades o comisiones que cancelar por pagos anticipados o abonos extraordinarios.
Es quizá uno de los datos más importantes y con el que la mayoría puede sentirse menos familiarizado. Este porcentaje es el eje central de nuestro préstamo –junto al plazo de pago– y con el cual se calculará el costo del dinero que estamos recibiendo.
Cuando la hipoteca se contrata bajo un interés fijo es mucho más sencillo estar seguros de que no haya malos entendidos; sin embargo, en los financiamientos con tipos de interés variables es importante puntualizar –adicionalmente a su valor inicial– lo referente a cada cuánto varía la tasa y si hay excepciones que no se hayan tratado en las conversaciones previas a la firma.
Este dato es uno de los más sencillos de ubicar, y si se trata de interés fijo es casi seguro que incluso se anexe la tabla de amortización, en la cual se refleja el ritmo con el cual nuestras cuotas irán disminuyendo la deuda.
Cuando se trata de interés variable entonces se establecerá el monto de la primera cuota –o modo de cálculo– y el momento en que se establece su revaluación de acuerdo con las variaciones de mercado.
Otro asunto importante al que nadie quiere prestar atención es a lo que está previsto cuando se incurra en tardanza de los pagos.
Es de suma importancia conocer cuándo se decreta formalmente el impago del alquiler y las penalidades previstas, la magnitud de los gastos que de allí deriven y los plazos máximos de espera para que la entidad tenga la potestad de proceder a una eventual demanda.
Dejar claro este punto es muy importante para evitar el impago del alquiler, compra o cualquier acuerdo monetario por el inmbuele.
Estos son los puntos claves a corroborar en un contrato de hipoteca; no obstante, hay que leerlo de inicio a fin, íntegro, e incluso no descartar la asesoría de una persona de confianza que pueda asistirnos en lo que no logremos entender completamente. Es una firma muy importante como para no comprender todos los ámbitos.
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