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Hay muchas situaciones que pueden provocar la copropiedad de una vivienda en la que alguna de las partes quiera liquidar. Al surgir dudas en este sentido, la mejor recomendación es ponerse en contacto con especialistas en la materia. Rentalias ofrece la mejor asesoría en el tema inmobiliario, incluyendo lo referente a invertir en nuda propiedad y renta vitalicia.
Entregar una vivienda alquilada implica diversos trámites y uno de los más importantes es la devolución de la fianza del alquiler. Esta fianza se otorga al arrendador con la intención de que le sirva de garantía para garantizar las obligaciones del arrendatario; si estas obligaciones se cumplen por completo, entonces el arrendador debe devolver dicha fianza al arrendatario cuando la relación contractual llega a su final.
Esta consideración no es opcional, pues está reflejada en la Ley de arrendamientos urbanos como una obligación. De esta forma los arrendadores pueden cubrirse las espaldas ante posibles incumplimientos de los arrendatarios.
En dicha legislación también están descritas las características de la fianza: se establece que el monto asociado a dicha garantía debe corresponder a un mes de arriendo cuando se trata de viviendas de uso habitacional y dos rentas mensuales cuando se trata de viviendas destinadas a uso comercial.
Así como el arrendatario está obligado por ley a otorgar la fianza como garantía del cumplimiento de sus obligaciones, el arrendador también tiene el deber de devolver dicha garantía una vez que el arrendatario entregue la vivienda y todo esté en orden.
Hay tres obligaciones principales que deben cumplirse para poder reclamar la devolución de la fianza relativa al alquiler. La primera de estas implica el cuidado de la vivienda, que debe entregarse con el mismo nivel de conservación con el que fue ofrecida al arrendatario al comienzo de la relación contractual.
La segunda obligación implica la entrega efectiva del inmueble en el momento pactado con anterioridad. Y, por último, la tercera obligación tiene que ver con el pago oportuno tanto de la renta de alquiler como de los servicios asociados al uso de la propiedad, como la electricidad, el agua, el gas y otras prestaciones similares.
Si has cumplido con las obligaciones anteriores, así como con otras que estén reflejadas en el contrato de alquiler, tienes derecho a solicitar la devolución de la fianza del alquiler.
Esta devolución debe hacerse efectiva una vez ha vencido el contrato de arrendamiento. Para hacer el reembolso de la fianza el arrendador cuenta con un plazo máximo de un mes luego de la restitución efectiva del inmueble.
Antes de llevar a cabo alguna acción legal se recomienda contactar directamente al arrendador para hacerle la solicitud formal de la devolución de la fianza relativa al alquiler; de esta forma evitamos escalar una situación que puede resolverse directamente y de forma más rápida. Ten en cuenta que el plazo de un mes con el que cuenta el arrendador está reflejado en la ley, así que forma parte de la dinámica normal del proceso.
Ahora bien, si transcurre dicho periodo y no recibes noticias del arrendador, o si te informa que no habrá devolución de la fianza sin tener una razón de peso que avale dicha decisión, puedes acudir a instancias judiciales.
Sin importar la cantidad de dinero involucrada, este tipo de asuntos deben resolverse a través de un procedimiento ordinario; de hecho, así está establecido en la Ley de enjuiciamiento civil.
Sin embargo, algunas vertientes del campo legal opinan que el escenario oportuno para este tipo de reclamos es un juicio verbal, esto si el monto de la fianza es de máximo 6000 euros.
Si llegas a tener problemas con la devolución de la fianza del alquiler es recomendable que acudas a las oficinas jurídicas pertinentes para recibir asesoramiento. En cualquier caso, puedes tener la seguridad de que la ley ampara tu derecho a este reembolso, así tendrás la posibilidad de presentar tu caso ante instancias judiciales.
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