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La Agencia Tributaria española exige recibir información financiera de todas las personas que cuentan su residencia fiscal en España. De este modo, al igual que se benefician de las ventajas asociadas a vivir en nuestro país, deberán cumplir las normas fiscales que permiten generar esos beneficios. Una de las fórmulas para conocer dicha información es la declaración de bienes en el extranjero. Te contamos qué es exactamente.
Toda persona con residencia fiscal en España que cuente con unos bienes en el extranjero que superen determinados límites debe informar a la Agencia Tributaria española de ello. La forma de hacerlo es mediante la llamada declaración de bienes en el extranjero.
La ley observa que cualquier persona con residencia fiscal en nuestro país ha de tributar en España por todos los rendimientos y patrimonio que posean. La declaración informativa sobre bienes y derechos en el extranjero de la que partirá la cantidad impositiva a la que tendrá que hacer frente es independiente del país en el que cuente con ese patrimonio o en el que esté obteniendo dichos rendimientos.
La declaración de bienes en el extranjero se hará en función de los diferentes tipos de bienes que puede poseer el individuo:
La Agencia Tributaria solicita la información sobre la declaración de bienes en el extranjero a través de un documento, denominado Modelo 720, que se ha de descargar en la página web de Hacienda, según el enlace que os hemos señalado.
Este modelo para declarar bienes en el extranjero tiene algunas peculiaridades en su uso, que vienen dadas por solo poder ser presentado por medios telemáticos.
Lo principal es que el interesado debe estar dado de alta en el sistema Cl@ve Pin, disponer de DNI electrónico o contar con certificado digital. Solo a partir de estas fórmulas podrá acceder al modelo 720.
Una vez que haya conseguido dicho acceso, simplemente tendrá que acceder al documento en cuestión y rellenarlo con la información que le sea solicitada. Si tenemos una declaración previa, podemos importarla en el nuevo documento y así nos evitaremos incorporar todos los datos de cero.
Si partes de cero, es aconsejable de vez en cuando dar al botón “Guardar” mientas cumplimentamos el modelo para evitar que perdamos los datos ya escritos por algún error técnico durante el proceso.
Cuando hayamos introducido todos los datos que nos pide el modelo 720, el último paso es firmar y enviar la declaración. Esto se hace simplemente pulsando en el botón “Firmar y enviar” que vamos a encontrar en la parte inferior de la página.
Como comentábamos, la declaración de bienes en el extranjero exige que cualquier contribuyente que suma, en los tres grupos indicados, una cantidad de bienes que supera los 50.000 euros está obligado a declararlo.
Como se trata de una declaración anual, en el caso de las cuentas supondrá que los saldos superen los 50.000 euros a 31 de diciembre; en el caso de los inmuebles, que se supere la misma cantidad en inmuebles; y lo mismo ocurre con los valores, tendrás que declararlos si tienes más de 50.000 euros.
En principio, una vez presentada la declaración informativa sobre bienes y derechos en el extranjero, será en la declaración de Hacienda correspondiente al ejercicio en cuestión donde se refleje qué cantidades debes pagar en función de todos los bienes que poseas.
He aquí uno de los puntos más polémicos asociados a la declaración de bienes en el extranjero. Y es que, numerosos colectivos han denunciado que las multas que tienen que soportar quienes, por los motivos que sean, olvidan presentar esta declaración resultan excesivas. Y no solo por eso, ya que las sanciones relacionadas con algún error que acontezca en el proceso de introducir los datos son muy altas.
Dichas multas comienzan en los 5.000 euros. Además, el hecho de calificar estos bienes como ganancia de patrimonio no justificada en el IRPF implica que se producen sanciones adicionales sobre la cuota habitual del 150%. Por otro lado, se imponen sanciones de hasta 10.000 euros por cada dato que se ha omitido o potencialmente falsificado.
Esto ha despertado numerosas demandas por parte de asociaciones e, incluso, un procedimiento de infracción contra España por parte de la Comisión Europea. El motivo es que se sanciona de modo que se considera excesivo a aquellas personas que no presentan el modelo 720 por desconocimiento o por error, es decir, que no lo hacen con deseo de defraudar o mala fe.
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