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Cuando firmamos una hipoteca lo hacemos con el afán de adquirir una vivienda o inmueble y, aunque hayamos evaluado muy bien las oportunidades en aquel momento, es posible que en el devenir del tiempo nos demos cuenta de que hay mejores opciones de financiamiento en el mercado para nosotros.
¿Qué podemos hacer al respecto? ¿Estamos condenados a convivir con una hipoteca que claramente no se equipara a las que ofrece el mercado crediticio actual? No necesariamente.
Aun cuando para el momento de su aceptación hayamos sopesado todos los factores y definitivamente para ese momento consideramos que era nuestra mejor opción, las condiciones de mercado pueden cambiar en el tiempo para extendernos nuevas y mejores condiciones. Allí es cuando la subrogación de hipoteca puede venir a nuestro rescate.
La subrogación de hipoteca es un recurso mediante el cual podemos entregar nuestra deuda a un nuevo acreedor, que nos ofrezca condiciones económicamente ventajosas para completar el plazo de financiamiento que nos reste.
Existen instituciones crediticias que están en la búsqueda de captación de nuevos clientes a través de subrogar hipotecas y con los cuales podemos sentarnos a evaluar nuestro caso y ver hasta dónde podemos negociar condiciones que justifiquen iniciar el proceso.
Como ya puedes sospechar, la existencia de la subrogación de hipotecas favorece la competencia entre entidades financieras que, para cautivar a sus clientes, tendrán que permitir condiciones en sus créditos hipotecarios que no sean tan fáciles de superar por sus competidores.
Las entidades que subrogan una deuda hipotecaria cancelan completamente el saldo de la misma al otorgante original y asumen la acreencia de allí en adelante. Para lograrlo se valen de publicitar condiciones favorables para los actuales tenedores de hipotecas.
El trámite de subrogación no es sencillo; por el contrario, supone cierta complejidad, por lo que es justificable siempre y cuando la brecha de compromisos económicos y demás condiciones propuestas sea tan grande que valga la pena su gestión.
El Estado, en su interés de promover la competencia entre los organismos de crédito, ha normado los plazos para cumplir con ciertos requisitos que necesita el deudor interesado en subrogar su deuda hipotecaria, ya que de lo contrario podría prolongarse su tramitación infinitamente.
Es así como estas instituciones que son acreedoras de préstamos hipotecarios están obligadas a entregar la información solicitada por sus clientes en un plazo máximo de cinco (5) días, para que puedan presentarse como recaudos a la nueva entidad interesada en subrogar el crédito.
Para iniciar cualquier evaluación, la entidad interesada en adoptar la deuda necesita saber todos los pormenores sobre sus condiciones, plazos, pagos y saldo actual, para dar a conocer un veredicto sobre su aprobación o rechazo.
De allí que la norma sea taxativa en sus plazos y faculte al deudor a solicitar la información que requiera a solicitar estos documentos en el momento que considere.
No hay que confundir la subrogación con la novación del crédito hipotecario. En el segundo caso se trata de un cambio de las condiciones del préstamo pero negociadas con el mismo acreedor que originalmente otorgó la hipoteca.
Precisamente este es el caso cuando la entidad crediticia, actual acreedora, propone mejorar las condiciones de la oferta que se tenga sobre la mesa para conservar al cliente, a través de una novación.
El acreedor original tiene derecho a presentar esta contraoferta en el plazo de los próximos quince (15) días a la presentación de la solicitud de la subrogación aceptada por un tercero. De no establecer ningún acuerdo o novación, se procederá a la subrogación de la hipoteca.
Antes de tomar cualquier decisión es muy importante sopesar detenidamente las ofertas que se tengan para subrogar una hipoteca. Y es que en ocasiones hay costos que no figuran a simple vista en la propuesta, que pueden terminar elevando el valor del inmueble a niveles más allá de lo que pensábamos.
La negociación puede suponer la contratación obligatoria de pólizas o de algunos otros servicios que, de no sumar sus costos, estaríamos haciendo una evaluación económica incompleta. Así mismo, no debe olvidarse considerar los gastos de registro y cualquier otro en el que haya que incurrir para protocolizar la subrogación.
Por lo complejo del proceso, es muy conveniente asesorarse con gente especializada en la materia que nos oriente y tenga la capacidad y la experiencia de estudiar correcta y plenamente la oferta que se nos presente, además de contrastarla adecuadamente con nuestra hipoteca actual.
Una negociación apresurada o mediocre puede llevarnos a subrogar nuestra hipoteca para darnos cuenta, muy tarde, de que quizá al final no ganamos nada o peor aún, que el nuevo compromiso sea mayor que el anterior.
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